Reforma laboral: uno por uno, los 28 cambios clave que se debatirán en el Congreso

El Gobierno buscará este miércoles dar un paso decisivo en el Congreso con la nueva versión de la reforma laboral, un proyecto que llega al recinto con 28 modificaciones clave tras semanas de negociaciones con distintos sectores políticos, empresariales y sindicales. En la Casa Rosada aseguran contar con los votos necesarios para obtener la media sanción en el Senado durante las sesiones extraordinarias y enviar la iniciativa a Diputados, donde anticipan un debate más complejo.

La redacción final incorpora cambios sustanciales respecto del texto original. Empresas, bancos y la CGT aparecen entre los actores que lograron introducir ajustes, aunque varios puntos fueron atenuados en el proceso de negociación.

LOS PRINCIPALES CAMBIOS INCORPORADOS EN LA REFORMA LABORAL

Entre las modificaciones más relevantes figura la eliminación del artículo que proponía reducir del 30% al 27% la alícuota del Impuesto a las Ganancias para empresas, una medida que impactaba en las cajas previsionales provinciales. También quedó descartada la reducción de las cargas patronales destinadas a obras sociales: la alícuota se mantendrá en 6% y no bajará al 5% como se planteaba inicialmente.

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Reforma laboral: el Gobierno va al Congreso con 28 cambios clave y busca la media sanción

Foto: Revista Chacra

En materia salarial, se confirmó la bancarización obligatoria para el pago de sueldos y se excluyó el uso de billeteras virtuales. Además, las empresas continuarán actuando como agentes de retención de las cuotas sindicales.

La derogación de estatutos y regímenes especiales entrará en vigencia 180 días después de la sanción de la ley. En paralelo, el aporte solidario a los gremios se mantendrá durante dos años con un tope del 2%, cuando actualmente algunos sindicatos perciben hasta el 4%.

También se fijaron límites a los aportes: 0,5% de las remuneraciones para cámaras y asociaciones de empleadores, y 2% para asociaciones de trabajadores. Desde el 1 de enero de 2028, esos aportes pasarán a ser voluntarios. A partir de esa misma fecha, el pago de cuotas y contribuciones sindicales requerirá consentimiento individual expreso del trabajador, sin presunción de aceptación.

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El proyecto amplía el listado de servicios esenciales en sentido estricto. Se incorporan el cuidado de menores y la educación en todos sus niveles (guardería, preescolar, primario, secundario y especial), el transporte de caudales y los servicios privados de seguridad y custodia. Asimismo, se establece que las fuerzas de seguridad no podrán brindar una cobertura menor al 100% de su prestación normal.

INDEMNIZACIONES Y CRÉDITOS LABORALES

Desde la óptica empresarial, uno de los cambios centrales es la redefinición de la “mejor remuneración” para el cálculo indemnizatorio. Solo se considerará lo mensual, normal y habitual, excluyendo conceptos no mensuales como el aguinaldo o las vacaciones. Además, se establece que la indemnización será la única reparación por despido sin causa.

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Foto: Mundo Gremial

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En cuanto a la actualización de créditos laborales, se fija un nuevo esquema: IPC más un 3% anual, con el objetivo de dar previsibilidad.

El texto también permite que las sentencias judiciales contra grandes empresas se paguen en hasta seis cuotas mensuales consecutivas. En el caso de micro, pequeñas y medianas empresas, podrán abonarse en hasta doce cuotas, posibilidad que también se extiende a empleadores individuales.

Además, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un patrimonio separado, inembargable y de afectación específica, destinado a cubrir costos de desvinculación y obligaciones indemnizatorias. El aporte será del 1% mensual para grandes empresas y del 2,5% para MiPyMEs, porcentajes que podrán incrementarse hasta 1,5% y 3% respectivamente si lo dispone el Poder Ejecutivo con aval de la Comisión Bicameral.

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ENFERMEDADES, ANTIGÜEDAD Y REINCORPORACIONES

La reforma introduce cambios en los criterios de pago ante enfermedades o accidentes ajenos a la tarea laboral. Si el trabajador no puede prestar servicios por una actividad voluntaria y riesgosa, percibirá el 50% de su salario básico durante tres meses si no tiene personas a cargo, o seis meses si las tiene. Si la incapacidad no deriva de una acción voluntaria, el pago será del 75% en los mismos plazos.

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Foto: Civic Abogados

Las recaídas de enfermedades crónicas solo se considerarán distintas si transcurren más de dos años entre episodios. Además, las suspensiones económicas o disciplinarias no afectarán el derecho a percibir la remuneración parcial en esos períodos.

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Otro punto relevante establece que si pasan más de tres años entre el cese del vínculo laboral y el reingreso del trabajador al mismo empleador, no se computará la antigüedad previa.

MODERNIZACIÓN, REGISTRACIÓN Y BENEFICIOS

El proyecto impulsa la registración laboral simplificada y digital a través de ARCA. El registro ante ese organismo será suficiente y no podrán exigirse requisitos adicionales por otras autoridades. Los libros laborales deberán conservarse por diez años y podrán digitalizarse con validez legal.

Se redefine el alcance de los beneficios sociales no remunerativos, incluyendo comedor, reintegros médicos, guardería, útiles y capacitación. También se habilita la implementación voluntaria de bancos de horas mediante acuerdo entre empleador y trabajador.

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En materia de vacaciones, se establece que podrán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, con posibilidad de acordarlas fuera de temporada y de fraccionarlas, respetando un mínimo de siete días.

Se refuerza el derecho del empleador al control médico y se establecen nuevas reglas para la conformación de juntas médicas.

INCENTIVOS Y REFORMAS ESTRUCTURALES

La iniciativa incorpora el Régimen de Incentivo a la Formación Laboral (RIFL), orientado a promover la capacitación y reconversión laboral, y el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), destinado a fomentar inversiones productivas, tecnológicas y de expansión.

Además, contempla la reducción de cargas sociales para empleos actuales y la facilitación de nuevas contrataciones, junto con la prelación de convenios de empresa por sobre convenios de ámbito nacional en una misma provincia.

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Finalmente, el Ejecutivo se compromete a enviar una reforma fiscal integral que impulse acuerdos entre Nación y provincias para reducir la presión tributaria. A partir del 1 de enero de 2028, el INCAA será financiado exclusivamente a través de partidas del Presupuesto General.

Con este paquete de cambios, el oficialismo apuesta a mostrar equilibrio entre flexibilización laboral, previsibilidad jurídica e incentivos a la inversión, en un debate que promete extenderse más allá de la media sanción y concentrar fuertes discusiones en la Cámara de Diputados.

Con información de Infobae, editada y redactada por un periodista de ADNSUR

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