Dos senadores del santacruceño Vidal destraban el tratamiento de Ficha Limpia que podría dejar sin candidatura a Cristina

El dato político que se conoció en las últimas horas es que el gobernador de Santa Cruz, Claudio Vidal, ordenó a sus dos senadores que den quórum el día que se trate el proyecto de Ficha Limpia en la Cámara Alta, con lo que el oficialismo llegará al quórum necesario para dar inicio a la sesión y tendría los votos para convertir en ley la iniciativa que tiene media sanción de la Cámara de Diputados.

Se trata de los senadores por Santa Cruz, Natalia Gadano y José María Carambia, quienes anunciaron su apoyo al proyecto de ley de Ficha Limpia, que prohíbe a personas con condenas firmes por corrupción ser candidatas a cargos nacionales.

Además, exigieron a la vicepresidenta Victoria Villarruel que convoque a una sesión la próxima semana para debatir el tema, lo que podría inhabilitar a dirigentes como Cristina Kirchner, condenada en doble instancia. Este apoyo fue comunicado públicamente a través de redes sociales por Carambia y replicado por Gadano.

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Opi Santa Cruz

Ficha Limpia es una de las prioridades legislativas del presidente Javier Milei, quien se comprometió personalmente a su aprobación tras dialogar con la diputada Silvia Lospennato, impulsora clave del proyecto.

La votación en el Senado requiere mayoría agravada, es decir, al menos 37 votos, debido a su carácter electoral. Dado el rechazo del bloque kirchnerista, con 34 bancas, la unidad del resto de los senadores no K es fundamental para avanzar con el proyecto.

En el caso de los senadores chubutenses, las dos mujeres que responden al gobernador Ignacio Torres, Edith Terenzi (Despierta Chubut) y Andrea Cristina (PRO) votarán a favor; en tanto el justicialista Carlos Linares, votará en contra como todo el bloque de Unión por la Patria.

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Carambia y Gadano responden políticamente al gobernador santacruceño Claudio Vidal, quien confirmó que les ordenó votar a favor del proyecto. Ambos senadores habían mantenido silencio sobre su postura, generando dudas respecto al quorum necesario. Sin embargo, aún no está garantizada la convocatoria a sesión ni se sabe si se introducirán cambios al proyecto, lo que podría demorar su aprobación o incluso trabar su implementación definitiva.

Qué dice el proyecto

El proyecto Ficha Limpia impide postularse a cargos públicos a quienes tengan condenas en segunda instancia por delitos contra la administración pública, como cohecho, malversación, enriquecimiento ilícito, entre otros. La redacción aprobada en Diputados establece que la inhabilitación rige si la condena se confirma antes de los 180 días previos a las elecciones. Además, se creará un registro público con las sentencias firmes que afecten la elegibilidad de los candidatos.

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Ficha Limpia modifica las reglas de elegibilidad para los candidatos a cargos públicos y le impide a quienes tengan una condena confirmada en segunda instancia relacionada con delitos contra la administración pública, como el caso de Cristina Kirchner.

En la redacción que tiene aval de Diputados se incluyeron delitos como “fraude en perjuicio de la administración pública contemplado en el artículo 174, inciso 5 del Código Penal, cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas y exacciones ilegales”.

Pero también alcanza al “enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, encubrimiento, delitos contra la administración pública, del libro segundo del Código Penal y todo otro delito doloso contra la administración que conlleve enriquecimiento que sea dispuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Constitución”.

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En Diputados se eliminó la denominada “cláusula Petri” -en referencia al texto que presentó el ministro de Defensa-, por lo que el artículo 1 sostendrá la vigencia de Ficha Limpia para “sentencia condenatoria que resulte confirmada por un órgano judicial de instancia superior, hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena correspondiente, y siempre y cuando la confirmación de la condena se produzca con anterioridad al plazo establecido en el artículo 25 del Código Electoral Nacional”. Es decir, la confección de los padrones, hasta 180 días antes de la elección general.

En el artículo 2, el inciso A se cambió en la Cámara baja por el siguiente: “La Cámara Nacional Electoral llevará un registro público de Ficha Limpia en donde constarán las sentencias dictadas en los términos del artículo 1, sus eventuales revocaciones y los datos identificatorios de las personas alcanzadas por dichas sentencias”.

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Con información de Infobae, redactado y editado por un periodista de ADNSUR

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